En un esfuerzo por fortalecer los derechos de los afiliados a servicios de salud, NUEVA EPS ha reafirmado el compromiso de garantizar la portabilidad, un derecho que permite el acceso a servicios de salud en todo el territorio nacional. Esta iniciativa asegura la atención en servicios establecidos dentro del Plan Básico de Salud (PBS), abarcando áreas cruciales como promoción, prevención, recuperación y rehabilitación para los afiliados, incluso cuando se encuentren fuera del municipio de afiliación inicial.
La Compañía está comprometida en facilitar la operación de la portabilidad, permitiendo a los afiliados acceder a servicios de salud en una IPS primaria ubicada en un municipio diferente al de su afiliación habitual. Este proceso se activará en situaciones específicas y estará sujeto a la notificación previa del usuario, asegurando así una transición fluida e informada.
En una entrevista exclusiva, Jhon Álvaro Parra Carreño, profesional de afiliaciones de NUEVA EPS, nos compartió detalles clave sobre las circunstancias en las que un afiliado puede solicitar portabilidad y los procedimientos necesarios para informar esta novedad, información valiosa para que los afiliados comprendan mejor el proceso y tomen decisiones sobre su atención médica.
¿En qué circunstancias un afiliado puede solicitar portabilidad?
Jhon: Según el Decreto 1683, que regula la portabilidad, se establece que hay desplazamiento o migración en casos de traslados temporales, como visitas que no exceda un mes, por ejemplo, durante las festividades como Navidad. Para migraciones temporales de uno a doce meses, también se podría aplicar la portabilidad. Además, existe la posibilidad de desplazamientos permanentes, cuando una persona se muda de una ciudad a otro municipio, o viceversa, aunque no sea su lugar habitual de residencia, ya sea por motivos informativos o permanentes. Asimismo, se aborda el tema de la dispersión del núcleo familiar, donde un miembro puede desplazarse por razones laborales, de estudio u otras, afectando solo a esa persona y no al grupo completo.
¿Cuál es el procedimiento para informar una novedad de portabilidad?
Jhon: “Informar una novedad de portabilidad en NUEVA EPS es un proceso sencillo. Los afiliados pueden hacerlo en las Oficinas de Atención al Afiliado, donde nuestros asesores de servicio al cliente recibirán la información, incluida la de portabilidad. Solo deben informar el municipio o ciudad a la cual se van a desplazar y el tiempo por el cual lo harán (de 1 a 12 meses). También es necesario actualizar datos de contacto, como número de celular, correo electrónico y dirección”.
“Otra opción es hacerlo en nuestra página web www.nuevaeps.com.co/form/portabilidad o buscando «portabilidad NUEVA EPS» en Google, donde encontrarán el formulario correspondiente. Este formulario requiere datos personales, tipo y número de documento, así como la actualización de datos de contacto. Además, ofrecemos canales no presenciales, como los correos electrónicos [email protected] o los teléfonos 01 8000 954400 (Régimen Contributivo) y 01 8000 952000 (Régimen Subsidiado). En Bogotá, también pueden utilizar la línea telefónica fija 601-3077051. Estos medios están disponibles para que los afiliados puedan reportar la novedad de portabilidad, la cual se aplicará de manera casi inmediata.”
Con estas medidas, NUEVA EPS busca no solo cumplir con los estándares establecidos, sino también elevar el estándar de atención al cliente, proporcionando a sus afiliados una mayor flexibilidad y comodidad en la búsqueda de servicios de salud, incluso cuando se encuentren lejos de su lugar de residencia habitual.