Distrito mantiene prohibición de parrillero hombre en cuadrante de las carreras 38 a 65, y entre la calle 7

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  • El decreto contempla sanciones para quienes incumplan las prohibiciones, las cuales son de quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) y la inmovilización del vehículo.

Con el propósito de salvaguardar la vida y honra de las personas, así como garantizar su seguridad, el alcalde Alejandro Char firmó el decreto 0048 de enero de 2025, por medio del cual se mantienen las medidas de movilidad y seguridad en la ciudad y se restringe el transporte de acompañante de sexo masculino en vehículos tipo motocicletas, motocarros, cuatrimotos y mototriciclos.

El cuadrante donde se aplica esta medida es el siguiente:

  • Calle 72, como límite oriente.
  • Carrera 38, como límite sur.
  • Carrera 65, como límite norte.
  • Y hasta la avenida Circunvalar (sin incluir) como límite occidente.

De acuerdo con lo establecido en el decreto, se exceptúan de estas restricciones a los miembros de la Fuerza Pública, organismos de seguridad del Estado, Policía Judicial, organismos de tránsito y transporte, y organismos de socorro.

De igual manera, los escoltas de funcionarios del orden nacional, departamental, distrital y municipal, así como supervisores de vigilancia privada, debidamente identificados y uniformados, y cuyo vehículo porte el logo o emblema correspondiente.

“Estas medidas permiten una convivencia tranquila. Es importante reforzar los controles por parte de las autoridades para garantizar una acción más efectiva y una intervención en la búsqueda de una reducción en las conductas delictivas”, expresó el jefe de la Oficina de Seguridad y Convivencia Ciudadana del Distrito, Yesid Turbay.

El decreto contempla sanciones para quienes incumplan las prohibiciones, las cuales son de quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) y la inmovilización del vehículo.

La prohibición del acompañante y/o parrillero de sexo masculino en motocicletas, motocarros, cuatrimotos y mototriciclos en el cuadrante antes mencionado aplica aún cuando sean conducidos por su propietario.

Suspensión de permisos

La medida suspende la vigencia de los permisos otorgados para circular con parrillero del sexo masculino en el territorio, mientras se encuentre vigente la medida en la zona delimitada en el artículo 1° del citado decreto.

Le corresponde a la autoridad seccional de Tránsito y Transporte de la Policía Metropolitana ejercer la vigilancia y control sobre las medidas decretadas y pondrán el vehículo inmovilizado a disposición de la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial.

Este acto administrativo regirá hasta el 31 de diciembre de 2025 y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.