La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, en su rol como ente rector de la compra y contratación pública en el Estado colombiano, ha emitido una nueva Circular Externa dirigida a todas las entidades estatales con regímenes exceptuados del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Esta circular busca promover una contratación eficiente, transparente y óptima en relación con los recursos del Estado.
La Circular Externa aborda la aplicación del artículo 53 de la Ley 2195 de 2022, que establece la obligación de las entidades estatales con regímenes contractuales excepcionales de publicar todos los documentos relacionados con su actividad contractual en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP II) o en la plataforma transaccional que haga sus veces. Este esfuerzo tiene como objetivo fortalecer la transparencia y el acceso a la información pública.
Principales Aspectos de la Circular:
- Plataforma Oficial: La publicación de los documentos contractuales debe realizarse en el SECOP II, garantizando que toda la gestión contractual del Estado sea accesible desde un mismo sistema. Se aclara que el uso de páginas web o portales electrónicos propios no es válido para cumplir con este deber de publicidad.
- Documentos Obligatorios: Todos los documentos relacionados con la actividad contractual, desde la etapa precontractual hasta la postcontractual, deben ser publicados sin excepciones. Esto incluye contratos, actos e información generada por los oferentes, contratistas, contratantes, supervisores o interventores.
- Términos para la Publicación: Los documentos deben ser publicados en el SECOP II dentro de los tres (3) días siguientes a su expedición. Si la entidad opta por hacer uso transaccional de la plataforma, la publicación debe realizarse en tiempo real, conforme al cronograma del proceso de selección.
- Opciones de Cumplimiento: Las entidades pueden optar por firmar los contratos electrónicamente a través de la plataforma, o bien, firmar físicamente y luego publicar los documentos en el SECOP II.
En ambos casos, la publicación debe realizarse siguiendo los lineamientos establecidos en la Circular.
A partir del 18 de julio de 2022, todas las entidades con regímenes exceptuados están obligadas a publicar su actividad contractual en el SECOP II, siguiendo los términos y condiciones establecidos en la Circular Externa.
Con esta nueva Circular Externa, Colombia Compra Eficiente reafirma su compromiso con la transparencia en la contratación pública y la lucha contra la corrupción, impulsando la correcta implementación de normativas que fortalecen la eficiencia y la transparencia en el manejo de los recursos públicos.